Cuidado con las facturas, te pueden sancionar
A veces nos preguntamos si los demás hacen las cosas como manda la ley: estar dados de alta en Hacienda y Seguridad Social, emitir las facturas de forma correcta, declararlas en fecha y forma correspondiente, etc.
Y aunque para autónomos de momento no tenemos una base de datos para saberlo, sí podemos solicitar, como os indicaba en la newsletter 6 (aquí la puedes leer) que como parte de la documentación contractual nos den un certificado de alta en tributos y ahí podremos comprobar si, al menos, están dados de alta en impuestos (que los presenten y/o paguen ya vuelve a ser otra cosa).
Tengo la esperanza 🤩 de que la nueva normativa, aún por salir, sobre la factura electrónica y VeriFactu, nos ayude a identificar y solventar esto mejor.
La cuestión, y a lo que vamos, es que si tú te desgravas una factura emitida por un supuesto profesional en el que confías que haya hecho las cosas como debe y no fuera así, sí, Hacienda puede sancionarte.
(…) cabe sancionar tanto al sujeto emisor de la factura como al receptor que se la deduce. No hay duplicidad en la sanción pues se trata de dos infracciones distintas, cometidas por sujetos diferentes, basadas en hechos también distintos: uno es la emisión de facturas con datos falsos o falseados (Art. 201.3 Ley 58/2003 General Tributaria -LGT-) y otro el dejar de ingresar (Art. 191 LGT) derivado de la no deducibilidad (…)
Así que vuelvo a insistir en la importancia de tener un contrato con nuestro cliente o proveedor, donde consten todas las cuestiones y la responsabilidad de cada parte y también la jurisprudencia a la que se acogen las partes en los casos no supuestos en el contrato. Esto es tan importante como cobrar la factura.